Permisos de Edificación de Viviendas
Regularización, Ampliación o Proyectos de Viviendas
Para Regularizar una Vivienda se Requiere:
- A. Obtener el Permiso de Edificación: El arquitecto debe certificar que la vivienda cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcción y su Ordenanza, mediante un expediente a presentar cuyo objetivo es obtener el permiso de edificación.
- Esto se realiza por medio de planos, formularios y documentos, firmados por el arquitecto y el propietario, que conforman el expediente municipal para presentarlo en la dirección de obras correspondiente.
Documentos que Debe Proveer el Propietario o Representante:
- 1. Certificado de Avalúo Fiscal Detallado de la Propiedad: Incluyendo construcción y terreno.
- 2. Carta de Exención Estructural o Proyecto Cálculo: Petición que realiza el propietario (en caso que corresponda). Las edificaciones de estructuras metálicas exigen cálculo estructural.
- 3. Declaración Propietario: Constancia que la obra se ejecutará conforme a las disposiciones del Capítulo 6. Conforme al Artículo 5.1.7. Párrafo Final.
- 4. Declaración Simple del Propietario: Manifestando ser titular de dominio del predio.
- 5. Inscripción de la Propiedad: Hojas, número, año.
- 6. Dirección y Rol de la Propiedad:
- 7. Fotocopia del Permiso de Edificación Anterior: Y recepción final anterior de la edificación (solo en caso que las haya).
Documentos que Debe Proveer el Arquitecto:
- 1. Solicitud de Permiso de Edificación: Formulario firmado por el propietario y profesionales.
- 2. Fotocopia del Certificado de Informes Previos: (N° 3 de la letra A del numeral 1 del Art. 5.1.4. OGUC).
- 3. Factibilidades de Agua Potable y Alcantarillado: (Artículo 5.1.4 de la OGUC).
- 4. Declaración Simple del Arquitecto: Autor del proyecto, en la que señale que la obra menor cumple con las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de esta Ordenanza, cuando corresponda. (N° 4 de la letra A de numeral 1 del 5.1.4 de la OGUC).
- 5. Patentes del Arquitecto: Al día (Art. 1.2.1. OGUC).
- 6. Especificaciones Técnicas Resumidas: Firmadas por el propietario y arquitecto.
- 7. Certificado de Ingreso del IMIV en el SEIM: Exigible conforme Ley N° 20.958.
- 8. INE Formulario Único de Estadísticas de Edificación:
- 9. Planos de Arquitectura a Escala 1:50: En que se grafique planta general y elevaciones, y cuadro de superficies.